Hoy salió publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo 179-2022, «Reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del SARS COV-2 en los centros de trabajo». En éste se establece:

Patronos

ObligacionesProhibiciones
Separación física de las personas, si ésta no sea posible se debe disponer de barreras físicas que minimicen el contagioObligar a un trabajador a prestar sus servicios sin las medidas de protección para minimizar el riesgo de contagio
Proporcionar gratuitamente a los empleados alcohol líquido o en gel con al menos 70% de concentración y jabón para manos Suspender a los trabajadores, asintomáticos o sintomáticos, del centro de trabajo sin seguir las medidas sanitarias del COVID 19 emitidas por el Ministerio de Salud y Asistencia Social (MSPAS) y/o las contenidas en los planes de prevención de riesgos o de salud y seguridad ocupacional
Proporcionar periódicamente mascarillas a los empleados, cuando el Sistema de Alertas Sanitarias y Disposiciones Sanitarias dispongan su uso
Impulsar campañas de información y difusión motivando a los trabajadores a evitar el contagio del SARS COV-2
Difundir las disposiciones sanitarias que sean emitidas por los órganos competentes, manteniendo las señalizaciones correspondientes
Capacitar a los trabajadores sobre estrategias para minimizar el riesgo de contagio

Empleados

ObligacionesProhibiciones
Cumplir con las disposiciones sanitarias que se emitan por parte del MSPAS, MINTRAB y otras autoridades competentes (éstas deben ser autorizadas previamente por el MINTRAB)Impedir que se cumplan las medidas de Salud y Seguridad Ocupacional en las operaciones y procesos de trabajo
Dañar, destruir o negarse a utilizar los equipos de protección personal
Dañar, destruir o remover las señalizaciones diseñadas para crear y fomentar una cultura de prevención y control de contagios
Realizar su trabajo sin el equipo de protección proporcionado por el empleador

Monitores de salud y seguridad ocupacional

ObligacionesProhibiciones
Capacitar a los empleados acerca de las medidas implementadas en el lugar de trabajo para la prevención del COVID- 19No incluye el Reglamento
Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones emitidas por el MSPAS relacionadas con el COVID-19
Suministrar, llevar control y verificar el uso adecuado del equipo de protección entregado al trabajador
Participar en la elaboración del plan de prevención de riesgos laborales o plan de salud y seguridad ocupacional, según corresponda y asegurarse de que incluya la metodología y cronograma de capacitaciones al personal en cuanto a COVID-19
Responder a dudas y preocupaciones de los trabajadores referentes a COVID-19

Planes de prevención

En todo centro de trabajo se debe contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales o con un Plan de Salud y Seguridad Ocupacional. Estos planes deben ser presentados y registrados ante el Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional del MINTRAB o la Sección de Seguridad e Higiene del IGSS.

En estos planes se debe incluir el riesgo biológico que constituye el COVID-19 en los centros de trabajo y la estrategia para prevención y control de éste.